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El panorama de la Reforma del Reglamento de Extranjería 2026 en España ha experimentado cambios significativos con la reforma del Reglamento de Extranjería de 2026, que busca simplificar los procedimientos, reducir la precariedad laboral y facilitar la integración de miles de personas en situación irregular. Estas modificaciones, impulsadas por el Real Decreto 1155/2024 y las Instrucciones SEM 1/2025, reestructuran las figuras de arraigo y abren nuevas vías para la regularización. En Crener & Crener, te ofrecemos una visión detallada de estas novedades para que conozcas tus opciones.
La regularización extraordinaria de 2026
Una de las medidas más destacadas de la reforma es la introducción de una regularización extraordinaria para aquellos extranjeros que se encontraban en España antes del 31 de diciembre de 2025 [1]. Esta iniciativa representa una «ventana temporal» para quienes han construido su vida en el país sin la documentación adecuada, siempre que cumplan con requisitos específicos, como la carencia de antecedentes penales en España y en su país de origen [1].
| Requisito Clave | Detalle |
|---|---|
| Fecha de corte | Estar en España antes del 31 de diciembre de 2025. |
| Antecedentes | No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen. |
| Medios de prueba | Demostrar la permanencia en España mediante padrón, asistencia sanitaria, etc. |
Reestructuración de las figuras de arraigo
La reforma ha reorganizado las modalidades de arraigo en cinco categorías principales, adaptándolas a las necesidades actuales del mercado laboral y a las realidades sociales:
1. Arraigo Sociolaboral: La vía preferente
El arraigo sociolaboral se consolida como una de las vías más importantes para la regularización. Anteriormente, se exigía un contrato de 12 meses a jornada completa. Ahora, la normativa se flexibiliza, permitiendo contratos de 30 horas semanales y contemplando figuras como los contratos fijos-discontinuos [1]. Esta adaptación busca responder a la realidad del mercado laboral y facilitar el acceso a la residencia y el trabajo a un mayor número de personas.
2. Arraigo Social: Con o sin contrato
El arraigo social mantiene su vigencia, pero con ciertas clarificaciones. Permite la regularización a quienes acrediten una permanencia continuada en España de al menos tres años. La novedad es la posibilidad de solicitarlo sin contrato de trabajo, siempre que se demuestren medios económicos propios o el apoyo de un familiar [1] [3]. También se mantiene la opción de acreditar vínculos familiares en España.
3. Arraigo Socioformativo: Apuesta por la formación y el empleo
Esta figura, que ya existía, se potencia en 2026. El arraigo socioformativo permite a los extranjeros residir legalmente en España mientras se forman en sectores con alta demanda de empleo. La reforma facilita la posibilidad de trabajar hasta 30 horas semanales mientras se cursan estudios en centros reconocidos por el SEPE o universidades [1]. Al finalizar la formación, se puede modificar la autorización a una residencia y trabajo de dos años de duración, facilitando la inserción laboral.
4. Arraigo Familiar: Protección reforzada
El arraigo familiar ha ganado solidez jurídica, protegiendo especialmente a los cuidadores de ciudadanos españoles (menores o personas con discapacidad). La autorización se concede por cinco años y otorga derecho a trabajar por cuenta propia y ajena. Se ha simplificado la acreditación del «estar a cargo» para padres mayores de 65 años y se facilita el acceso a la residencia para hijos de españoles que no pudieron optar a la nacionalidad por origen [1].
5. Arraigo de Segunda Oportunidad
Esta nueva figura está diseñada para personas que han tenido una residencia previa en España y, por diversas circunstancias, la perdieron. Busca ofrecer una «segunda oportunidad» para regularizar su situación, siempre que cumplan con ciertos requisitos de vinculación y adaptación [1].

Impacto en los expedientes de extranjería y tiempos de resolución
La digitalización de los expedientes de extranjería ha agilizado algunos trámites, pero también ha generado «cuellos de botella» en la fase de revisión manual. Aunque la ley establece un plazo de tres meses para la resolución, la realidad administrativa puede duplicar este tiempo en provincias con alta demanda [1].
Es fundamental presentar la documentación de forma impecable, verificando la trazabilidad de los medios económicos y la vigencia de los certificados, para minimizar requerimientos adicionales que puedan estancar el proceso.
¿Cómo puede ayudarte Crener & Crener?
La reforma del Reglamento de Extranjería de 2026 ofrece nuevas oportunidades, pero también introduce complejidades que requieren un conocimiento profundo de la normativa y la jurisprudencia. En Crener & Crener, nuestro equipo de abogados especializados en extranjería está preparado para:
- Analizar tu situación personal y determinar la vía de arraigo más adecuada.
- Asesorarte en la preparación y presentación de toda la documentación necesaria.
- Realizar el seguimiento de tu expediente y gestionar cualquier requerimiento de la administración.
- Ofrecerte una estrategia legal sólida para garantizar el éxito de tu proceso de regularización.
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